ACREDITACIÓN CE

¿Qué es un Centro de Evaluación?

Persona moral, organización o institución pública o privada, unidad administrativa de alguna Dependencia, Entidad o su similar en los niveles de gobierno Federal, estatal o municipal autorizada por el CONOCER, a propuesta de el Organismo Certificador PMCSE acreditado por el CONOCER, para evaluar con fines de certificación las competencias de las personas con base en un determinado Estándar de Competencia inscrito en el Registro Nacional de Estándares de Competencia. Tratándose de instituciones educativas u otro tipo de organismo público o privado, con más de un plantel, se podrán acreditar como Centros de Evaluación a sus diferentes planteles.

Funciones de los Centros de Evaluación 

Los Centros de Evaluación y los Evaluadores Independientes realizan la función principal de evaluar con fines de certificación las competencias de las personas con base en los Estándares de Competencia en los que estén acreditados.

Deben, entre otras funciones más:

Tramitar ante el Organismo Certificador ante el cual se encuentren acreditadas, la certificación de competencias correspondiente a las personas evaluadas que hayan sido declaradas competentes.

– Ofrecer retroalimentación a los usuarios del Sistema Nacional de Competencias, respecto al resultado de su evaluación al ser declarado aún no competente. Asegurar la excelencia en la operación y servicio a usuarios.

Verificar internamente sus propios procedimientos de evaluación de competencias

Dar cumplimiento a las observaciones realizadas en procesos de supervisión del CONOCER y/o verificación externa de los Organismos Certificadores.

Acreditación inicial de los  Evaluadores Independientes

Acreditación inicial de los Centros de Evaluación 

Procedimiento mediante el cual el CONOCER autoriza, a propuesta del Organismo Certificador PMCSE, a una persona moral , organización o institución pública o privada, unidad administrativa de alguna dependencia, entidad o su similar en los niveles de gobierno Federal, estatal o municipal para evaluar, con fines de certificación, las competencias de las personas con base en un determinado Estándar de Competencia inscrito en el Registro Nacional de Estándares de Competencia.

Para acreditarse como CE se debe demostrar contar con la infraestructura para evaluar, así como demostrar que se cuenta con el personal competente para evaluar con fines de certificación de competencias

Requisitos para la acreditación

Para acreditarse como Centro Evaluador se debe contar con la infraestructura física y el personal competente para evaluar a las personas y asegurar la transparencia y objetividad de este importante proceso.

Además del personal técnico y administrativo para operar los Centros de Evaluación deben contar con personal certificado en:

  • La función clave de evaluación
  • La función que se va a evaluar.

Los Centros de Evaluación deben contar con los mecanismos de Aseguramiento de la Calidad que brinden certeza de la transparencia, objetividad e imparcialidad de los procesos.

 

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Antes de iniciar debera contar con lo siguiente:

Documentos         y             Especificaciones

 

  1. Identificación oficial del representante.

    .      Fotocopia ambos lados a color. Emitida por una institución oficial (IFE, pasaporte, licencia para conducir, etc.)

  2. Cédula de Identificación Fiscal.  Fotocopia simple. Emitida por el Servicio de Administración Tributaria.

  3. Comprobante de domicilio  Fotocopia simple. De la dirección dónde se ubican las instalaciones del aspirante (Recibo de pago de energía eléctrica, recibo de pago de agua, recibo de pago de teléfono, etc.). Con fecha de emisión no mayor a tres meses contados a partir de la fecha registrada en la Solicitud de Acreditación Inicial como CE.

  4. Acta Constitutiva o Documentos Legales. 

    Documentos que acrediten:

    • La legal existencia del postulante.
    • En caso de escritura pública deberá contar con la constancia de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (Fotocopia y original para cotejar).
    • En el caso de Decreto de Creación (Fotocopia y original para cotejar).
    • El nombre y facultades de la persona para realizar Actos de Administración en representación del postulante. En caso de poder notarial (Fotocopia y original para cotejar).
    • Registro de propiedad de marca.

    El postulante deberá presentar la información y documentación que a continuación se especifica, según el estatus que guarde el registro de propiedad de su marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), de conformidad con algunos de los supuestos:

    • Marca registrada ante el IMPI:

    -Número de registro del Nombre, Marca y/o Diseño.

    -Numero de oficio y fecha con el que el IMPI autorizo al prestador de servicio como el titular del Nombre, Marca y/o Diseño.

    -Copia certificada del oficio al que se refiere el punto anterior (Una original contra el cual se cotejará).

    • Marca en proceso de registro ante el IMPI:

    -Número de expediente.

    -Fecha de la solicitud del Nombre, Marca y/o Diseño.

    -Copia certificada de la solicitud a que se refiere el punto anterior (U original con el cual se cotejará).  

    • Marca sin registro ante el IMPI:

    -Declaración bajo protesta de decir verdad de que es legitimo titular de su Nombre, Marca y/o Diseño, el cual viene usando desde la fecha ## de XXXX de ####.